Movimiento de los animales a ferias, mercados, centros de concentración, etc. ubicadas en zonas Restringida 1-4 y de vacunación obligatoria por Lengua azul

En relación a las condiciones para el movimiento de los animales a ferias, mercados, centros de concentración, etc. ubicadas en zona RESTRINGIDA 1-4, de vacunación obligatoria por Lengua azul (MANZANARES, por ejemplo):

ANIMALES PROVENIENTES DE ZONA RESTRINGIDA 1 (Albacete y Cuenca): se exigirá que los animales vengan desinsectados con certificación veterinaria. No vacunados (está prohibida la vacunación)

ANIMALES PROVENIENTES DE ZONA RESTRINGIDA 1 y 4 (Ciudad Real y Toledo): Animales VACUNADOS (dos dosis, separadas 21 días)

Una vez allí, la organización deberá garantizar la desinsectación de los animales (con certificación veterinaria) y podrán permanecer durante un periodo inferior a 7 días.

Posteriormente, según donde vayan los animales, así deberán proceder los ganaderos compradores:

 Si quedan en Zona restringida 1-4 (Ciudad Real y Toledo): VACUNARLOS

-          Si van a Zona restringida 1: nada

 

Se adjunta Nota Interpretativa del MAGRAMA 

Nota INTERPRETATIVA AAA88-2015 centros de concentracion.pdf (30,9KB)

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