MEDIDAS DE PROTECCIÓN FRENTE A LA LENGUA AZUL

Previsiblemente, a partir del 26 de abril de 2016, finalizará el periodo estacionalmente libre de vectores y se restringirán los movimientos de ovino, en aplicación de la Orden AAA/107/2016, por la que se modifica la Orden AAA/1424/2015, de 14 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación a la LENGUA AZUL.

De forma que, en las zonas de restricción 1-4 o 4, a partir de dicha fecha, solo se permitirán los movimientos de animales vacunados o animales menores de 4 meses procedentes de madres vacunadas de explotaciones vacunadas y transportados en vehículos desinsectados antes de la carga.

Existe vacuna disponible en el mercado frente a ambos serotipos (1 y 4) y se ha previsto que la compra dela vacuna se subvencione a través de las ADSGs, de igual forma que el año pasado. 

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