MEDIDAS ESPECIFICAS EN RELACIÓN CON LA LENGUA AZUL

El día 16 de julio del 2015 ha sido publicada la Orden AAA/1424/2015, para el establecimiento de medidas específicas en relación con la lengua azul, y en concreto, las nuevas zonas de restricción, la regulación del movimiento de especies sensibles  y los requisitos de vacunación obligatoria frente al serotipo 1 y 4.

Se establecen sendas zonas de vacunación obligatoria para el serotipo 1 (coincidente con la zona de restricción para los serotipos 1-4) y para el serotipo 4 (coincidente con la zona de restricción para el S4). Se señala además que la vacunación será obligatoria durante cuatro años en todos los animales ovinos y bovinos mayores de 3 meses presentes en las respectivas zonas de vacunación.

En relación a los requisitos al movimiento de especies sensibles se destaca que los movimientos de ovinos-bovinos desde las respectivas zonas de vacunación-restricción con destino a cualquier territorio español peninsular estarán condicionadas al cumplimiento del programa de vacunación en la explotación de origen y a la necesidad de que el animal objeto de movimiento haya sido vacunado o bien, para el caso de animales menores de 4 meses, que proceda de una madre vacunada.

Como excepciones a los requisitos mencionados se resaltan:

 - Que los animales se muevan durante el periodo estacionalmente libre de vectores.

2.  - Para los ovinos-bovinos que se desplacen desde ferias, mercados, centros de concentración, locales de tratantes y animales de lidia sobreros o rechazados en zona restringida si a su vez proceden de zona libre.

3.    - Para los animales que se muevan entre centros autorizados en base a la Directiva 92/65 (Real Decreto 1881/1994).

En el caso de movimientos destinados a otros países de la Unión Europea o a territorio insular español se seguirá aplicando el Reglamento 1266/2007.

Las correspondientes zonas de restricción y vacunación están disponibles en mapas adjuntos.


Orden 1424 2015 LA vigente.pdf (186KB)VACUNACIÓN S1.pdf (1,2MB)VACUNACIÓN S4.pdf (1,1MB)ZR ESPAÑA JUNIO 2015.pdf (1,2MB)

Valoración Genética 2015-2

Estimados Socios:

Ya está publicada la nueva valoración genética (2015-2). Hay que tener en cuenta que en esta valoración genética se ha cambiado la base genética de referencia pasando de la base genética de 2005 a la base genética de 2010. Esto supone un descenso de los valores de unos 19 puntos respecto a la misma valoración calculada con la base genética de 2005.

Los valores de referencia con la nueva valoración genética son los siguientes: 

Categorías de Madres  

 - Posibles madres de corderos para:

  • EVS    ( 2% superior):  VG > 53,8  y fiabilidad mínima del 65%
  • Bolsa  (8% superior): VG > 34,9 y fiabilidad mínima del 65%
Categorías de Padres

 - Posibles Padres de corderos para ingreso en el centro de Inseminación Artificial (EVS):

  •   Macho Mejorante: VG > 42,4
  •   Macho con I.Pedigrí > 2% Superior: 53,8
- Posibles Padres de corderos para ofertar en Bolsas de Sementales

  • Macho con Valor Genético   > 10% Superior: 31,6
  • Macho con Índice de Pedigrí > 6% Superior: 39

Pueden acceder a los nuevos inventarios, tanto de hembras como de machos a través de Ovinet en el apartado Informe LG Hembras e Informe LG Machos dentro del menú Libro Genealógico. 

Les recomendamos que se impriman el listado de Machos por la información detallada y precisa que incluye acerca de los sementales de su Ganadería.


Les aconsejamos que actualicen sus lectores con los nuevos datos utilizando la funcionalidad "Obtener Equivalencias del Servidor" del programa OviNET.

Atentamente

RESULTADO DEL SORTEO DE MACHOS RN (SUBASTA VIRTUAL, 29 junio 2015)

El resultado del Sorteo de los dos sementales RN celebrado en el día de hoy, ha correspondido a:

Identificación

PETICIONES

COMPRADOR

MUNICIPIO

PROVINCIA

OCA

0724070005084268

RN14702

9

GG

D. GREGORIO ALCOBENDAS GUIJARRO

MADRIDEJOS

TOLEDO

MADRIDEJOS

0724070005084246

RN14706

10

EV

AGROGANADERAS  POVEDA, S.L.

CINCO CASAS

C. REAL

TOMELLOSO


Circular 7/2015, de 22 de junio de 2015

Estimado Socio: 


Con motivo de la próxima Subasta de Sementales  prevista para el próximo jueves, 2 de julio, en Manzanares, le recuerdo el calendario previsto: 

  •          29 y 30 junio (lunes y martes): TRANSPORTE
  •          1 julio (miércoles): Inauguración FERCAM
  •          2 julio (jueves): SUBASTA OVINO 


Por otra parte, le informo de algunos aspectos que pueden ser de interés: 


-          La Consejería de Agricultura podría reclamar, para comprobación de supuestas incidencias que pudieran ocurrir durante la auditoría-inspección del control lechero, el Certificado de revisión de los Medidores. Dado que en la mayoría de los casos tienen contratados los servicios de mantenimiento de la máquina de ordeño, sería aconsejable que le requiera, a la empresa contratada, el correspondiente Certificado. 


-          El LILCAM ha previsto enviar a las ganaderías en la que se detecte un porcentaje en la mezcla de leche (oveja y cabra) superior al 1%, una circular informativa en la que se ponga en conocimiento este hecho. La Norma establece que es positivo cuando ésta supera el 2%. No obstante, se ha considerado oportuno que se informe a los ganaderos que superen el 1% y estén por debajo del 2%, puesto que en la mayoría de los casos obedece a una mala práctica. De hecho, esta circunstancia ha sido muy poco relevante en ganaderías de AGRAMA (según el Programa de Mejora de Calidad de Leche de 2014, representa el 0,17% de las muestras, 2 muestras positivas de las más de 1.170 analizadas). 


-          Queda a su disposición, el Dosier entregado en la Asamblea General Ordinaria de AGRAMA. Asimismo, le recuerdo que la Memoria de Actividades (Libro Genealógico, Programa de Mejora, Certámenes Ganaderos, etc.) se han depositado en su buzón virtual del Ovinet.


 Y para finalizar, le adjunto:  


-          Documentación relativa a la Subasta de Sementales de FERCAM 2015: Oferta provisional, Condicionantes sanitarios, Publicidad y, para cuando corresponda, Autorización-comunicación de facturación y Contrato por compra-venta en origen 

A este respecto, se incluye también la oferta de dos sementales RN que se ponen a disposición de los Socios. La fecha límite para solicitarlos es el día 28 de junio (incluido) 


La oferta completa está publicada, como es habitual, en el Ovinet 


-          Sementales aptos para ingreso en el Centro de I.A. 

-          Boletín de la Lonja de Albacete (junio 2015)-solo por correo electrónico 

-          si corresponde, otros documentos 


Atentamente, 

Fijado el importe de la ayuda específica por producción de calidad al ovino y caprino de 2014 (PAC)

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha fijado el importe unitario para las ayudas específicas destinadas a agricultores de ovino y caprino cuya producción esté amparada por denominaciones de producción de calidad (artículo 68).
El cálculo se ha hecho en base a un límite presupuestario asignado de 6.212.480 €, a repartir entre 3.566.276 animales con derecho a pago, según los datos comunicados por las Comunidades Autónomas.
El pago se concede por estratos, de modo que el importe de las ayudas será el importe completo en el caso de denominaciones de calidad de ámbito comunitario (1,91 €/animal) y del 80% en el caso de denominaciones de calidad de ámbito nacional (1,53 €/cab.)
En 2014, el importe unitario de la ayuda es inferior a la de 2013 (2,05 €/cab) y a la de 2012 (2,2 €/cab).

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica tres Órdenes sobre la PAC que afectan a la nueva normativa y plazos de presentación, el pastoreo y las razas en peligro de extinción

Hoy se han publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) tres Órdenes relacionadas con la PAC que afectan a la nueva normativa y al plazo de presentación (desde el 1 de marzo hasta el 15 de junio), al pastoreo y a las razas en peligro de extinción.

Estas ayudas quedan condicionadas a la aprobación definitiva del Programa de Desarrollo Rural de Castilla- La Mancha para el periodo de programación 2014/2020 por parte de la Comisión Europea, por lo que no se podrán resolver y notificar las resoluciones de incorporación a la ayuda, en tanto no se produzca la aprobación del referido Programa de Desarrollo Rural.

De forma resumida, se exponen en el gráfico adjunto.



PAC_2015_CLM.pdf (60,5KB)

Circular 6/2015, de 29 de mayo

Albacete, 29 de mayo de 2015
Estimado Socio:

Con motivo de la próxima Subasta de Sementales  prevista para el próximo jueves, 2 de julio, en Manzanares; de las nuevas condiciones sanitarias que entrarán en vigor el 30 de junio en lo que se refiere a Lengua Azul y de la reciente Nota explicativa difundida por el Ministerio de Agricultura (MAGRAMA), le informo de las condiciones requeridas para el movimiento de los animales teniendo en cuenta que Manzanares está catalogada como zona RESTRINGIDA 1-4, y por tanto, es zona de vacunación obligatoria de Lengua azul. Los criadores que tengan previsto llevar sementales a Subasta, dependiendo de su provincia de origen, deberán:

1- ALBACETE y CUENCA (ZONA RESTRINGIDA 1): se exigirá que los animales vengan desinsectados con certificación veterinaria. No vacunados (está prohibida la vacunación)

2- CIUDAD REAL y TOLEDO (ZONA RESTRINGIDA 1-4): Animales VACUNADOS (dos dosis, separadas 21 días) del serotipo 4. Asimismo, y para cumplir con el protocolo establecido, la primovacunación, debería llevarse a cabo como muy tarde, el 8-9 de junio. De esa forma, se podría poner la revacunación en día 30 de ese mismo mes.

Una vez allí, la organización deberá garantizar la desinsectación de los animales (con certificación veterinaria) y podrán permanecer durante un periodo inferior a 7 días.

En cuanto al calendario previsto, le indico fechas aproximadas de actividad:

3 junio – OFERTA SUBASTA / EVS FERCAM 
10 junio – ENVÍO PRUEBAS SANITARIAS  
19 junio – OFERTA DEFINITIVA FERCAM – todos los animales ofertados deberán estar inscritos y calificados sin incidencias
29 y 30 junio (lunes y martes): TRANSPORTE
1 julio (miércoles): Inauguración FERCAM
2 julio (jueves): SUBASTA OVINO

Posteriormente, y según la zona de la que sea el comprador y donde vayan los animales:

- Si quedan en Zona restringida 1-4 (Ciudad Real y Toledo): VACUNARLOS
- Si van a Zona restringida 1 (Albacete y Cuenca): nada

En otro orden de cosas, ENESA ha publicado el pasado 26 de mayo, una Nota por la que:

1- Se agilizarán las peritaciones de las parcelas para que pueda aprovecharse al máximo por el ganado la producción que no se haya perdido. 
2- Los agricultores afectados por la ola de calor que lo soliciten, una vez hechas las peritaciones, podrán aprovechar en verde las parcelas afectadas bien sea por pasto a diente del ganado o para forraje. 

Desde AGROSEGURO existe el compromiso de agilizar al máximo las peritaciones, por lo que siempre que el asegurado comunique junto con su declaración de siniestro su deseo de aprovechar en verde la cosecha, se realizará la tasación a la mayor brevedad a fin de que pueda procederse a la entrada del ganado. Los asegurados pueden ponerse también en contacto para este fin con la Dirección Territorial de AGROSEGURO que corresponda. 

Y para finalizar, le adjunto:

- Actas de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de AGRAMA (Manzanares, 10 de junio de 2014)
- Orden del Día de la Asamblea General Ordinaria de AGRAMA (San Clemente, 16 de junio de 2015)
- Boletín de la Lonja de Albacete (mayo 2015)-solo por correo electrónico
- si corresponde, otros documentos 

Atentamente,

ACTA_EXTRAORDINARIA_AG2014.pdf

Movimiento de los animales a ferias, mercados, centros de concentración, etc. ubicadas en zonas Restringida 1-4 y de vacunación obligatoria por Lengua azul

En relación a las condiciones para el movimiento de los animales a ferias, mercados, centros de concentración, etc. ubicadas en zona RESTRINGIDA 1-4, de vacunación obligatoria por Lengua azul (MANZANARES, por ejemplo):

ANIMALES PROVENIENTES DE ZONA RESTRINGIDA 1 (Albacete y Cuenca): se exigirá que los animales vengan desinsectados con certificación veterinaria. No vacunados (está prohibida la vacunación)

ANIMALES PROVENIENTES DE ZONA RESTRINGIDA 1 y 4 (Ciudad Real y Toledo): Animales VACUNADOS (dos dosis, separadas 21 días)

Una vez allí, la organización deberá garantizar la desinsectación de los animales (con certificación veterinaria) y podrán permanecer durante un periodo inferior a 7 días.

Posteriormente, según donde vayan los animales, así deberán proceder los ganaderos compradores:

 Si quedan en Zona restringida 1-4 (Ciudad Real y Toledo): VACUNARLOS

-          Si van a Zona restringida 1: nada

 

Se adjunta Nota Interpretativa del MAGRAMA 

Nota INTERPRETATIVA AAA88-2015 centros de concentracion.pdf (30,9KB)