CONVOCADAS LAS AYUDAS PARA LAS ADSG EN C-LM (año 2016)

Se han convocado las ayudas a las ADSGs para el año 2016, en régimen de concurrencia competitiva, con un presupuesto que asciende a 4.604.834,95€, de las que 446.828,00 euros irán destinados a programas de identificación bovina, ovina y caprina y 4.158.006,95 euros a los Programas Nacionales de erradicación y control de enfermedades animales.

La convocatoria es igual que la del año pasado. Las únicas diferencias con respecto al año pasado:

1- el plazo para la presentación de solicitudes es de un mes desde el día siguiente a la publicación.

2- en el programa de erradicación de brucelosis ovina-caprina se ha aumentado la cuantía por muestra analizada, pasando de hasta un máximo 0.64€, cantidad subvencionada en la pasada convocatoria, a hasta un máximo de 0,70 € por muestra analizada de ovino-caprino.

Las solicitudes de ayuda se deberán presentar con  firma electrónica a través del formulario habilitado en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

En el caso de unión de varias ADSG ya existentes, cuando no exista todavía resolución expresa de la nueva ADSG resultante deberán presentar solicitudes independientes, indicando en las mismas que están en espera de su reconocimiento. Una vez obtenida la resolución estimatoria, se les requerirá de oficio para que actualicen sus datos en una nueva solicitud, instruyendo y tramitándose a partir de entonces como una única solicitud, a los efectos de valoración y resolución de la ayuda. Tras el reconocimiento oficial de la nueva ADSG resultante, causarán baja las ADSG integrantes en esta unión, mientras que si fruto de esta unión resulta la ampliación de una ya existente, esta última no causará baja.

Las solicitudes se presentarán acompañadas del certificado que acredite la representación legal y del listado de socios de la ADSG según modelo establecido al efecto en la Resolución.

Las ADSGs solicitantes podrán presentar una mejora de la solicitud, en base al Artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cualquier momento del procedimiento previo a su Resolución.

Las actividades subvencionables deben ser realizadas entre el 1 de enero y el 15 de noviembre para poder optar a la ayuda.

En el caso de la vacunación de lengua azul y de la compra de lectores el plazo de justificación es hasta el 15 de octubre. En estos últimos casos, deberá acreditarse mediante la presentación vía telemática, de la documentación justificativa, que consistirá en facturas expedidas a nombre de la ADSG, certificación de la vacunación y demás documentos justificativos del gasto realizado, así como la documentación acreditativa de los pagos realizados por la ADSG.

Tanto las facturas como el justificante bancario del pago deben estar a nombre de la ADSG. 

2016_18mayo_ADSG.pdf (609,6KB)

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